Las cuentas no bancarias cuya titularidad sea una persona jurídica comenzarán a pagar 0,6% del Impuesto a los Débitos y Créditos (ICD), de acuerdo al decreto 301/2021 publicado en el Boletín Oficial.
Las cuentas virtuales pasarán a tener un tratamiento impositivo similar a una caja de ahorro cuanto el titular es una persona humana, y similar a una cuenta corriente si es una persona jurídica.
Todas las exenciones y alícuotas especiales que rigen para el Impuesto de Créditos y Débitos en las cuentas bancarias se aplicarán también para las cuentas no bancarias.